Bajo la ley de Discrimen en Puerto Rico, Núm. 100 de 30 de junio de 1959, los patronos en Puerto Rico tienen que proteger a los empleados que han sido victimas de violencia doméstica acecho y agresión sexual. Es el deber del patrono erradicar la discriminación contra estas personas y brindarles seguridad. La falta de planificación y procedimientos adecuados puede conllevar; seria responsabilidad civil para la empresa.
A continuación les presento quince maneras de atender parte del problema de la violencia doméstica en el empleo. No profeso que sean las únicas, las más adecuadas o las necesarias; simplemente se las presento para que vayan viendo algunas alternativas disponibles. Al final, los pasos que usted tome dependerán de las circunstancias y necesidades particulares de la empresa y la naturaleza del problema.
1. Cumpla con su obligación de preparar un protocolo para manejar asuntos relacionados a la violencia en el empleo y distribúyalo a los empleados con una orientación-. Este documento debe ser la guía clave para el manejo de todos los asuntos relacionados a la violencia doméstica, agresión y acecho. Punto mínimos a cubrir incluyen: declaración de política pública, base legal, responsabilidad del personal, procedimientos y medidas. Tenga cuidado con poner cosas que usted no tiene la intención o capacidad de cumplir. Al final dicho documento puede ser usado en su contra para probar inacción o discrimen de su parte.
2. Revise sus políticas de empleo y reglas de conducta incluyendo aquellas que tratan sobre hostigamiento sexual y violencia en el empleo para integrarlas y conformarlas a los requisitos impuestos por las nuevas leyes relacionadas a la violencia doméstica en el empleo.
3. Incluya en sus reglamentos una política repudiando la violencia doméstica, el acecho, la agresión sexual y la prohibición del discrimen en contra las victimas de estos actos. Incluya sanciones disciplinarias contra individuos violentos y/o que asechen contra otros empleados en el lugar de trabajo por cualquier medio.
4. Incluya en sus reglamentos ejemplos de los que pueda considerarse conducta discriminatoria contra las victimas o personas percibidas como victimas como por ejemplo la prohibición de hacer comentarios derogatorios contra mujeres que han sido abusadas o asechadas.
5. Cree entre los empleados y supervisores conciencia y sensibilidad al problema mediante folletos, charlas, vídeos y almuerzos educativos. Envuelva a sus empleados en ser parte de la solución participando en o desarrollando campañas y/o programas comunitarios contra la violencia doméstica.
6. Adiestre al personal que supervisa para que puedan identificar incidentes o posibles incidentes de violencia y sepan como proceder con confidencialidad. Designe una persona a cargo de los esfuerzos contra la violencia y el discrimen.
7. Redacte políticas que apoyen y acomoden los esfuerzos y necesidades de las victimas de violencia doméstica para protegerse, hacer valer sus derechos y recibir asistencia médica.
8. Oriente la víctima; sobre las licencias, beneficios y programas que puede utilizar y los posibles acomodos que se pueden realizar y para atender la salud y seguridad de la persona.
9. Provea una lista de recursos disponibles fuera del trabajo tales como albergues y centros especializados. Incluya entre sus beneficios a victimas servicios particulares como asesoría, consejería; orientación, asistencia legal, asistencia para re-localizarse, o tal vez provea si fuese apropiado algunos de los productos o servicios que su empresa ofrece de forma gratuita o a precio reducido.
10. Cree un fondo de emergencia para apoyar las necesidades de las victimas.
11. Realizar los ajustes o acomodos razonables necesarios en el lugar de trabajo para proteger a sus empleados de un posible agresor una vez este haya sido avisado sobre la potencialidad de que ocurra una situación peligrosa.
12. Solicite una orden de protección por violencia o acecho bajo las Leyes Núm. 54, 538 y284 a favor de la empleada; o empleado; afectado, si los actos de violencia doméstica o acecho han ocurrido en el lugar de trabajo. Antes de iniciar el proceso, el patrono deberá notificar de su intención de solicitar la orden de protección a la víctima. Uno de los efectos requerirle a la parte promovida que entregue a la Policía para su custodia, cualquier arma de su pertenencia.
13. Si los actos de violencia se dan entre empleados, considere re-ubicar al agresor y tomar medidas disciplinarias o reportar a la policía el incidente.
14. Diseñe un plan de seguridad general (como por ejemplo mejorar la iluminación en lugares oscuros; incrementar controles de acceso y crear un registro de visitantes).
15. Personalice el plan de seguridad una vez se identifica un empleado con problemas. Tome las medidas preventivas de seguridad apropiadas al caso tales como: identificar el agresor con foto, re-ubicación del área de trabajo y del estacionamiento de la victimas a lugares más protegidos, ofrecer que personal de seguridad acompañe la victima a su automóvil, coordinar carpooling.